lunes, 1 de junio de 2009

ASESINATO (1ª parte)

Cuando eres abogado, el día en que un cliente antiguo te llama y te dice "han matado a mi hermano" sientes que el mundo se abre a tus pies. No es que lo contemples desde la cima de una atalaya, no, es que a tus pies ves cómo se abre el Averno.

De repente, empiezan a pasar por tu cabeza los temas de Dº Procesal en el que se explicaba el juicio por asesinato con juicio del jurado y te das cuenta de que no te acuerdas de nada. Intentas tomar las riendas del asunto y te tiras todo un día encerrada en la biblioteca del Colegio de Abogados, intentando saber cómo actuar en los primeros días.

Ante todo, hay que personarse en el asunto. Tiras de la manta de conocidos, de funcionarios que han llevado tus casos, etc. Te enteras de qué juzgado lleva el asunto y qué número tiene. Llegas, hablas con el Secretario Judicial, con la Juez, con el funcionario que lo lleva y pasas a la acción: personación y solicitud de copia de todo lo actuado. Cuando se comprueba que la personación como acusación particular es correcta, via libre para ver las actuaciones. Y empiezas a ver cómo es la instrucción de un caso por asesinato.

Primera parte: levantamiento del cadáver e inspección ocular. Como en las pelis, oiga. Con los triangulitos esos amarillos con números, con fotos a color (para ti en B/N) del lugar del suceso, del cadáver, de las manchas de sangre que dejó hasta el lugar donde falleció.

Segunda parte: informe preliminar de la policía. No le falta ni un punto ni una coma. Todo completo, con una eficiencia alemana, con un buen hacer increíble. Esa policía española que no deja ni un pelo suelto, ni una coma sin poner, ni un testigo sin identificar. Se anota hasta el número que calza el apuntador.

Tercera parte: declaración del autor (que la hubo) y de los testigos. Primera inmersión en la visión personal de los protagonistas. El cadáver ya no va a hablar, pero hablan por él los testigos y el autor. Escalofriante el relato con el que el agresor dice como cogió la navaja y se fue a por él y lo "pinchó" tres veces. Tres pinchazos con una navaja de 24 cm que lo destrozaron por dentro.

Cuarta parte: instrucción judicial del caso. Se entra de lleno en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. O cómo combinar un texto decimonónico (LECr, 1882) con una novísima ley de finales del s. XX (LOTJ, 1995). Con cosas así, sale un batiburrillo extraño en el que te debes dejar guiar por los que más saben. Y menos mal que la que sabía ahí era la fiscal, que si no...

En esta cuarta parte se suceden pruebas ordenadas judicialmente y en cuya práctica ya se participa de pleno derecho, puesto que la personación ha sido reconocida al 100%. Interrogatorio de parte y de testigos de nuevo y, sobre todo, el informe de autopsia. Duro, descarnado, real y sincero.

Tras año y medio de instrucción, encorsetados en la instrucción propuestas por la LECr de 1882, se llega a un punto en el que se decide, vía LOTJ, si seguir con la misma o pasar a juicio. Se pasa a juicio. Y se vuelve a abrir un abismo, insondable, desconocido, terrorífico y atrayente como un imán a la vez.

(Continuará...)

4 comentarios:

Sophie dijo...

Curioso. De todo esto, sólo conocía la parte forense, por lo que se ve en el último año de Medicina y las prácticas. Muchos pasos y muy minuciosos, ahí no se escapa ni una coma. Aún así, desde mi ignorancia más absoluta no entiendo por qué se tarda tanto en instruir un caso, ¿es por la gran cantidad de informes y pasos que dar, por el trabajo que se acumula en los juzgados o que hay plazos para cada etapa?

MM de planetamurciano dijo...

¿ Lo de poli va sin ironía? Pos es un descanso, oiga.

Unknown dijo...

ay, que me estoy acordando del silencio de los corderos.

hm dijo...

Aunque suene frívolo, me ha resultado apasionante.