Quiero dejaros unas palabras para la reflexión, a medias escritas entre mi buen amigo Manifacero (desaparecido del mundo blogueril) y yo.
Las Juntas Electorales, presionadas por la Junta Electoral Central, están prohibiendo las reuniones como las de la Plaza del Sol. Sólo os recuerdo una cosa:
Artículo 21 Constitución Española.
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
Y ahora os pongo la opinión de mi amigo Manifacero:
Se deniega la autorización de una manifestación porque:
a) No se justifica la urgencia de la convocatoria, y
b) SE CONSIDERA QUE LA PETICIÓN DE VOTO RESPONSABLE PUEDE AFECTAR A LA CAMPAÑA ELECTORAL Y A LA LIBERTAD DE DERECHO DEL VOTO.
Espero que lo recuerden cuando algún candidato apele al voto útil y del miedo. Manda huevos.
1 comentario:
Olé.
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